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Identifica las diferencias entre herencia, legado y donaci

 

Recibir un bien por disposición testamentaria o legal, puede traer consigo una serie de obligaciones y requisitos. Esto es dependiendo del tipo de proceso. Para entender mejor cómo funciona, te explicamos las diferencias entre herencia, legado y donación.
¿Cuáles son las diferencias entre herencia, legado y donación? 
Legalmente, las 3 giran en torno a beneficiar a un tercero al otorgarle bienes, sin embargo, cada una tiene características independientes. Conocer las diferencias entre herencia, legado y donación; permitirá que los interesados, puedan tomar decisiones informadas. 
¿A qué se refiere la herencia? 
Una herencia, es cuando una persona fallecida, cede la titularidad de sus bienes a un beneficiario. Sin embargo, también absorbe sus derechos y obligaciones, ya que estos no se extinguen con la muerte del individuo. En resumen: las deudas que hayan de por medio, también pasarán a ser del heredero. 
Cuando hay adeudos, el total de los bienes responden a cubrirlas. Si el monto no es suficiente, los beneficiarios tienen la opción de evaluar si aceptan o declinan la herencia. 
El analista Real Estate, de Propiedades.com Leonardo González, explica que el rechazo de una herencia se debería ejercer cuando conlleva más costos que beneficios. Como deudas o compromisos que estén ligados a la herencia recibida.
Otra de las características de la herencia, es que siempre va a proceder, haya o no un testamento. 
Con testamento 
Cuando una persona hace su testamento, puede escoger a sus herederos libremente. Si el testador tiene a su cargo dependientes económicos, es necesario destinar parte de su patrimonio para cubrir sus obligaciones alimentarias. 
Asimismo, el autor del testamento puede designar a un albacea, que se encarga de cumplir con la voluntad del testador. 
Sin testamento 
En este caso, la ley establece que los herederos pueden ser: 
? Descendientes 
? Cónyuges, concubino o concubina 
? Ascendientes 
? Parientes colaterales hasta el cuarto grado 
Además, se debe llevar a cabo un juicio sucesorio, cuyo objetivo es determinar un nuevo propietario. 
¿A qué se refiere el legado?
A diferencia de la herencia, para que un legado exista, debe de haber testamento de por medio. 
Arturo Rodríguez Habeica, socio fundador de BRRH Abogados, explica que un legado es el acto mediante el cual el difunto concede un bien o derecho en favor de una persona determinada, a través de un testamento .
Dicho bien o derecho, no entra en la masa hereditaria que será repartida entre los herederos.
¿Qué es una donación?
Habeica, señala que la donación es el acto por el cual una persona transfiere a otra, a título gratuito, una parte o la totalidad de sus bienes presentes.
Asimismo, aclara que la donación no puede versar sobre bienes futuros. Y ambas partes (donador y donatario) deben estar vivos al momento de su celebración.
¿Qué ocurre cuando se heredan inmuebles?
Exista o no testamento, el proceso se debe hacer ante un notario. Si hay más de un heredero, debe de existir unanimidad y todos deben ser mayores de edad. 
Cuando no hay conformidad por parte de todos, el trámite debe de seguirse ante un Juzgado Familiar. 
En caso de que no existan adeudos y se haya aceptado la herencia, se deben hacer ciertos trámites para recibir el inmueble. 
Se deben cambiar las escrituras en una Notaría Pública, donde se dé fe sobre la propiedad que ahora le pertenece a cierta persona. 
¿Se debe pagar impuestos?
Cuando recibes una propiedad, se debe cubrir el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI). El cual tiene un costo de entre el 0.5 y el 3 por ciento del valor catastral de la propiedad. 
De acuerdo con González se puede aplicar una tasa cero, si se cumplen los siguientes requisitos:
? La adjudicación de la propiedad se lleva a cabo dentro del tiempo de cinco años después del fallecimiento del dueño anterior
? Cuando el valor de la propiedad sea de máximo 2,191,111 de pesos
? Cuando en el testamento esté estipulada la adjudicación de la propiedad a favor del cónyuge, concubino(a) o descendiente directo en primer grado (hijo o hija)
Recuerda que es importante informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT), sobre los bienes que recibes. Esto te ayudará a evitar sanciones y cobro de impuestos. No olvides planear tu testamento, para facilitar procesos en el futuro. 

Recibir un bien por disposición testamentaria o legal, puede traer consigo una serie de obligaciones y requisitos. Esto es dependiendo del tipo de proceso. Para entender mejor cómo funciona, te explicamos las diferencias entre herencia, legado y donación.

¿Cuáles son las diferencias entre herencia, legado y donación?

Legalmente, las 3 giran en torno a beneficiar a un tercero al otorgarle bienes, sin embargo, cada una tiene características independientes. Conocer las diferencias entre herencia, legado y donación; permitirá que los interesados, puedan tomar decisiones informadas.

¿A qué se refiere la herencia?

Una herencia, es cuando una persona fallecida, cede la titularidad de sus bienes a un beneficiario. Sin embargo, también absorbe sus derechos y obligaciones, ya que estos no se extinguen con la muerte del individuo. En resumen: las deudas que hayan de por medio, también pasarán a ser del heredero.

Cuando hay adeudos, el total de los bienes responden a cubrirlas. Si el monto no es suficiente, los beneficiarios tienen la opción de evaluar si aceptan o declinan la herencia.

El analista Real Estate, de Propiedades.com Leonardo González, explica que el rechazo de una herencia se debería ejercer cuando conlleva más costos que beneficios. Como deudas o compromisos que estén ligados a la herencia recibida.

Otra de las características de la herencia, es que siempre va a proceder, haya o no un testamento.

Con testamento

Cuando una persona hace su testamento, puede escoger a sus herederos libremente. Si el testador tiene a su cargo dependientes económicos, es necesario destinar parte de su patrimonio para cubrir sus obligaciones alimentarias.

Asimismo, el autor del testamento puede designar a un albacea, que se encarga de cumplir con la voluntad del testador.

Sin testamento

En este caso, la ley establece que los herederos pueden ser: 

- Descendientes 

- Cónyuges, concubino o concubina 

- Ascendientes 

- Parientes colaterales hasta el cuarto grado

Además, se debe llevar a cabo un juicio sucesorio, cuyo objetivo es determinar un nuevo propietario.

¿A qué se refiere el legado?

A diferencia de la herencia, para que un legado exista, debe de haber testamento de por medio.

Arturo Rodríguez Habeica, socio fundador de BRRH Abogados, explica que un legado es el acto mediante el cual el difunto concede un bien o derecho en favor de una persona determinada, a través de un testamento .

Dicho bien o derecho, no entra en la masa hereditaria que será repartida entre los herederos.

¿Qué es una donación?

Habeica, señala que la donación es el acto por el cual una persona transfiere a otra, a título gratuito, una parte o la totalidad de sus bienes presentes.

Asimismo, aclara que la donación no puede versar sobre bienes futuros. Y ambas partes (donador y donatario) deben estar vivos al momento de su celebración.

¿Qué ocurre cuando se heredan inmuebles?

Exista o no testamento, el proceso se debe hacer ante un notario. Si hay más de un heredero, debe de existir unanimidad y todos deben ser mayores de edad.

Cuando no hay conformidad por parte de todos, el trámite debe de seguirse ante un Juzgado Familiar.

En caso de que no existan adeudos y se haya aceptado la herencia, se deben hacer ciertos trámites para recibir el inmueble.

Se deben cambiar las escrituras en una Notaría Pública, donde se dé fe sobre la propiedad que ahora le pertenece a cierta persona.

¿Se debe pagar impuestos?

Cuando recibes una propiedad, se debe cubrir el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI). El cual tiene un costo de entre el 0.5 y el 3 por ciento del valor catastral de la propiedad.

De acuerdo con González se puede aplicar una tasa cero, si se cumplen los siguientes requisitos:

- La adjudicación de la propiedad se lleva a cabo dentro del tiempo de cinco años después del fallecimiento del dueño anterior

- Cuando el valor de la propiedad sea de máximo 2,191,111 de pesos

- Cuando en el testamento esté estipulada la adjudicación de la propiedad a favor del cónyuge, concubino(a) o descendiente directo en primer grado (hijo o hija)

Recuerda que es importante informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT), sobre los bienes que recibes. Esto te ayudará a evitar sanciones y cobro de impuestos. No olvides planear tu testamento, para facilitar procesos en el futuro. 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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